¿CUÁL ES EL AJD EN MADRID?
El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), es un impuesto directo que grava los documentos notariales, escrituras públicas, contratos privados y documentos administrativos. En el caso de Madrid, la Comunidad Autónoma ha legislado sobre este impuesto mediante el Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
¿Cómo se calcula el AJD en Madrid?
El AJD en Madrid se calcula aplicando un porcentaje al valor del bien o derecho que se transmite. El porcentaje varía según el tipo de documento fiscal:
- Transmisiones patrimoniales: 6%
- Actos jurídicos documentados: 0,5%
- Contratos privados: 0,5%
- Documentos administrativos: 0,25%
¿Quién está obligado a pagar el AJD en Madrid?
El sujeto pasivo del AJD en Madrid es el obligado tributario, es decir, la persona física o jurídica que realiza el acto o contrato sujeto a gravamen. En el caso de los contratos privados, están obligadas a pagar el AJD ambas partes contratantes.
¿Cuándo se paga el AJD en Madrid?
El AJD en Madrid debe pagarse antes de la presentación del documento sujeto a gravamen en el Registro de la Propiedad o en cualquier otro Registro público. En el caso de los contratos privados, el AJD debe pagarse antes de su formalización ante notario o funcionario público.
¿Cómo se paga el AJD en Madrid?
El AJD en Madrid se puede pagar de las siguientes formas:
- En efectivo: en las oficinas de la Agencia Tributaria de Madrid.
- Con tarjeta de crédito o débito: en las oficinas de la Agencia Tributaria de Madrid o a través del portal web de la Agencia Tributaria.
- Por transferencia bancaria: a la cuenta corriente de la Agencia Tributaria de Madrid.
Preguntas frecuentes sobre el AJD en Madrid
- ¿Qué documentos están sujetos al AJD en Madrid?
Están sujetos al AJD en Madrid todos los documentos notariales, escrituras públicas, contratos privados y documentos administrativos que recojan actos o contratos sujetos a gravamen.
- ¿Cuál es el tipo impositivo del AJD en Madrid?
El tipo impositivo del AJD en Madrid varía según el tipo de documento fiscal. Para las transmisiones patrimoniales, el tipo impositivo es del 6%. Para los actos jurídicos documentados, el tipo impositivo es del 0,5%. Para los contratos privados, el tipo impositivo es del 0,5%. Para los documentos administrativos, el tipo impositivo es del 0,25%.
- ¿Quién está obligado a pagar el AJD en Madrid?
El sujeto pasivo del AJD en Madrid es el obligado tributario, es decir, la persona física o jurídica que realiza el acto o contrato sujeto a gravamen. En el caso de los contratos privados, están obligadas a pagar el AJD ambas partes contratantes.
- ¿Cuándo se paga el AJD en Madrid?
El AJD en Madrid debe pagarse antes de la presentación del documento sujeto a gravamen en el Registro de la Propiedad o en cualquier otro Registro público. En el caso de los contratos privados, el AJD debe pagarse antes de su formalización ante notario o funcionario público.
- ¿Cómo se paga el AJD en Madrid?
El AJD en Madrid se puede pagar en efectivo, con tarjeta de crédito o débito o por transferencia bancaria.